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Llame a Información al Ciudadano del Condado de Polk para preguntas relacionadas con el huracán Milton (863) 298-7500 o al número gratuito (866)661-0228. Línea Directa Residencial de Escombros del Huracán Milton (833) 843-1920 activa de 7 a.m. a 7 p.m. todos los días.

Preguntas frecuentes sobre la construcción

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La sección 105.1 del Código de Edificación de Florida establece que es necesario un permiso para construir, ampliar, alterar, reparar, trasladar, demoler o cambiar la ocupación o el contenido de ocupación de un edificio o estructura o para erigir, instalar, ampliar, alterar, reparar, retirar, convertir o sustituir cualquier sistema eléctrico, de gas, mecánico o de fontanería cuya instalación esté regulada por los códigos técnicos.

Las obras que requieren una inspección para verificar el cumplimiento del código técnico aplicable requieren un permiso de construcción.

Aunque no se requiera licencia de obras, puede ser necesario obtener una licencia eléctrica, mecánica o de fontanería por separado. A continuación se presentan ejemplos de trabajos que requieren y no requieren permiso. Estos ejemplos no son todos inclusivos y habrá situaciones que no se abordan aquí. Si tiene alguna pregunta sobre los requisitos de permisos, llame a nuestra oficina de Bartow al (863) 534-6080 y pida hablar con un examinador de planos.

Obras que requieren permiso de construcción

  • Construcción o demolición de cualquier edificio o estructura, independientemente de su tamaño.
  • Todas las construcciones nuevas, incluidas las ampliaciones y cualquier reforma, renovación o remodelación que afecte a elementos estructurales o a sistemas eléctricos, de fontanería, de gas combustible, contra incendios, tanques de almacenamiento de contaminantes, servicios públicos subterráneos in situ, rótulos o sistemas mecánicos.
  • Alteraciones, renovaciones, remodelaciones o modificaciones de cualquier estructura comercial que afecten a la clasificación de ocupación, los medios de salida, las clasificaciones de resistencia al fuego o la accesibilidad para discapacitados.
  • La instalación, modificación, sustitución, ampliación o reparación de cualquier instalación de riego, eléctrica, de fontanería, mecánica, de gas combustible, de sistemas contra incendios, de sistemas solares o de cualquier instalación eléctrica asociada (baja tensión), incluidos el cambio de equipos de aire acondicionado, los cambios en el servicio eléctrico o la adición de tomas o circuitos eléctricos.
  • Conversión de cualquier espacio no habitable en espacio habitable, incluido el cerramiento de garajes, cocheras, porches o estructuras similares y la sustitución de ventanas de malla o vinilo por paredes de cristal o sólidas.
  • El apantallamiento de cualquier espacio, que requiere la adición de entramado estructural o de relleno.
  • Todos los trabajos de reparación de cimientos para garantizar que un ingeniero supervisa las obras.
  • Cualquier cambio en la ocupación según lo definido por el código de construcción.
  • Muelles comerciales y residenciales, embarcaderos, rompeolas, cobertizos para embarcaciones, mamparos y rampas para embarcaciones.
  • Todos los muros y vallas de mampostería con pilastras de mampostería. Todas las vallas sólidas de más de dos metros de altura.
  • Muros de contención necesarios para soporte estructural, protección o erosión.
  • Muros de contención decorativos. Llame al (863) 534-6080 y pida información a un examinador de planos.
  • Losas de hormigón adyacentes a una estructura principal o accesoria, destinadas al soporte de una estructura, losas elevadas, aceras y partes de calzadas en el derecho de paso o dentro de los retranqueos mínimos. Nota: Todas las losas deben cumplir con los retranqueos mínimos de los límites de propiedad y servidumbres, excepto las aceras y calzadas. Deberán cumplirse los requisitos de drenaje del Código de Edificación y del Código de Ordenación del Territorio.
  • Pavimentos instalados dentro de los retranqueos requeridos o adyacentes a estructuras. Nota: Deberán cumplir los requisitos del Código de Edificación y de la LDC.
  • Carpas de más de 900 pies cuadrados o más para reunión o uso público o que tengan iluminación eléctrica.
  • Edificios prefabricados de almacenamiento, edificios residenciales y edificios comerciales.
  • Adiciones, reparaciones, alteraciones o estructuras accesorias a casas móviles o remolques de estacionamiento. Los propietarios de una casa móvil o remolque de estacionamiento situado en un terreno alquilado no podrán permitir adiciones como constructores propietarios sin el consentimiento notarial del propietario del terreno.
  • Instalaciones de casas móviles y remolques de estacionamiento. Los propietarios de una casa móvil o de una caravana de estacionamiento situada en un terreno alquilado no podrán permitir ampliaciones como propietarios constructores sin el consentimiento notarial del propietario del terreno.
  • Piscinas enterradas y spas. Piscinas elevadas y spas de más de 24″ de profundidad.
  • Reparaciones, renovaciones, demoliciones y remodelaciones de piscinas/spa que impliquen elementos estructurales, trabajos eléctricos, de gas, solares, geotérmicos o equipos adicionales.
  • Todos los retejados, incluidos los de casas móviles y remolques de parque, así como la instalación de cubiertas aislantes.
  • Cubiertas, pasarelas, plataformas, escaleras y rellanos. Todos deberán respetar los retranqueos y no invadirán las servidumbres.
  • Todas las cocheras o estructuras similares con techos rígidos.
  • Todos los cimientos y mástiles de banderas de más de 15 metros de altura.
  • Sustitución de claraboyas, ventanas y puertas, incluidas las del garaje.
  • Instalación o sustitución de ventanas de vinilo o acrílicas.
  • Cambio de tuberías y calentadores de agua.
  • Instalación o sustitución de rejas de seguridad o persianas instaladas permanentemente en ventanas y puertas.
  • Sustitución o instalación de revestimientos y plafones.
  • Las rampas para minusválidos requieren un permiso y deben respetar los retranqueos.
  • Las casas en los árboles requieren un permiso con planos de ingeniería sellados. Excepción: casas en los árboles residenciales que cumplan los siguientes criterios:
    1) Casas de árbol con una superficie máxima de 32 pies cuadrados.
    2) Pueden tener una pared de 30 pulgadas.
    3) Deberán cumplir los requisitos mínimos de retranqueo de estructuras accesorias de la LDC.
    4) Deben estar totalmente sostenidas por un árbol.
    5) No debe tener electricidad ni plomería.
    6) No debe tener techo.
    7) Máximo una casa del árbol por lote residencial.

Obras que no requieren permiso de construcción

  • Reparaciones menores del tejado - menos del 25 por ciento según lo determinado por el funcionario de la construcción o el supervisor del examinador de planos basado en el tipo y la localización del daño. Llame al (863) 534-6080 y pregunte por un Supervisor de Examinadores de Planos.
  • Sustitución de pantallas por material similar en una estructura existente.
  • Remodelaciones interiores, renovaciones interiores o reparaciones interiores en unidades ANSI o vehículos recreativos.
  • Sólo reparaciones menores de electricidad, fontanería y mecánica, no ampliaciones ni modificaciones.
  • Vallas de eslabones de cadena de cualquier altura y vallas de empalizada de hasta ocho pies de altura. Consulte el Código de Ordenación Territorial del Condado de Polk para conocer los materiales prohibidos para las vallas.
  • Estructuras destinadas únicamente al almacenamiento (prefabricadas y de uso "Armario"). Sólo se puede meter la mano, no entrar. Estas estructuras exentas están limitadas a una altura máxima de 5 pies (altura media), 50 pies cuadrados de superficie máxima y un máximo de 250 pies cúbicos sin electricidad ni fontanería.

Deberá conectarse a https://aca-prod.accela.com/POLKCO/Default.aspx con al menos un día laborable de antelación para programar la inspección en curso para el día en que vaya a realizar el trabajo. O, si desea realizar una inspección virtual, visite nuestra página web de inspecciones virtuales en www.polk-county.net/building/virtual-inspections para obtener más información y un enlace a VuSpex GO.

No, debe programar la inspección en curso para el día en que se realiza el trabajo. Si sólo se programa la inspección final, el inspector suspenderá la inspección final y emitirá una etiqueta roja. También se emitirá una citación y se impondrá una multa.

No, debe programar la inspección en curso para el día en que se realiza el trabajo. Si ambas inspecciones se programan al mismo tiempo, el inspector suspenderá la inspección final y emitirá una etiqueta roja. También se emitirá una citación y se impondrá una multa.

Aún debe programar la inspección en curso. Programe la inspección en curso para el siguiente día laborable disponible. Tome y tenga fotos de "En Progreso" así como la Declaración Jurada de Re-techado completada. A continuación, programe la inspección final una vez que haya terminado el trabajo.

El inspector examinará lo que se ha hecho y si el inspector no ve ningún problema se aprobará la inspección en curso con una nota de que una declaración jurada debidamente cumplimentada tendrá que estar en el sitio para la inspección final.

El inspector examinará lo que se ha hecho y si el inspector no ve ningún problema la inspección en curso se marcará como aprobada con una nota indicando que una declaración jurada debidamente cumplimentada tendrá que estar en el sitio para la inspección final.

Sí, debe programar la inspección en curso para el día en que se realizará el trabajo.

Si el nuevo tejado está a menos de 3 pulgadas de altura por encima del tejado existente, tendrá que programar una inspección en curso y tener una declaración jurada debidamente cumplimentada in situ para la inspección final. Si el nuevo techo es de 3 pulgadas o más por encima del techo existente este procedimiento re-tejado no se aplica.

*Nota: Re-techos de más de 3 pulgadas de altura sobre el techo existente se considera un cambio estructural y requieren planes de ingeniería y una licencia de contratista que puede hacer la construcción.