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Igualdad de oportunidades

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Richard Bradford
Administrador de Igualdad de Oportunidades - Título VI/ADA

Tel: (863) 534-6075
Llamada gratuita: (800) 780-5346

Correo electrónico HumanResources@polk-county.net

Dirección:
330 W. Church St.
Bartow, FL 33830

Horario de atención al público:
De lunes a viernes
de 8.00 a 17.00 h.

Ya sea que usted esté buscando convertirse en un proveedor del Condado de Polk, un residente tratando de obtener información o tratando de conseguir un trabajo en el Condado de Polk, la Oficina de Igualdad de Oportunidades del Condado de Polk quiere asegurarse de que usted sea tratado justamente.

Esta división supervisa muchas funciones importantes dentro del gobierno de Polk, que incluyen:

  • Investigación de las denuncias de discriminación y acoso sexual
  • Garantizar el cumplimiento de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Americans with Disabilities Act)
  • Practicar prácticas progresistas de reclutamiento y contratación de minorías para promover carreras en el Condado de Polk.
  • Promoción de oportunidades de licitación contractual para empresas de mujeres y minorías. Haga clic aquí para presentar una oferta al condado.
  • Proporcionar estadísticas trimestrales y anuales sobre la mano de obra
  • Impartir formación sobre la legislación y las prácticas en materia de igualdad en el empleo

Quejas

La División de Igualdad de Oportunidades del Condado de Polk investiga y resuelve las quejas por discriminación y acoso sexual presentadas contra el condado. Cualquier persona que desee presentar una queja debe ponerse en contacto con la división en (863) 534-6075 o RichardBradford@polk-county.net.

Discriminación en virtud del Título VI
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe a los beneficiarios de ayudas federales excluir de la participación, denegar los beneficios o someter a discriminación a cualquier persona por motivos de raza, color u origen nacional.

Es política de la Junta de Comisionados del Condado de Polk operar sus proyectos, programas, servicios y actividades en pleno cumplimiento de las leyes federales de no discriminación, incluyendo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la Ley de Restauración de Derechos Civiles de 1987 y los estatutos y reglamentos federales y estatales relacionados.

De conformidad con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, el condado prohíbe la discriminación por motivos de raza, color u origen nacional en los programas, proyectos y actividades que reciben asistencia financiera federal. El condado garantiza un trato justo para todas las personas e identificará y abordará cualquier efecto desproporcionadamente alto y adverso de sus programas, políticas y actividades en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos, cuando corresponda. El condado tomará medidas razonables para garantizar que las personas con dominio limitado del inglés tengan un acceso significativo a los programas, servicios e información que el condado ofrece.

El administrador de igualdad de oportunidades, o su representante designado, investigará todas las quejas que aleguen discriminación por motivos de raza, color u origen nacional en los programas, proyectos y servicios del condado, y garantizará el cumplimiento y la supervisión de los derechos civiles. Todas las quejas del Título VI contra el condado se presentarán al administrador de igualdad de empleo, o su representante designado, en el cuarto piso del Edificio de Administración del Condado, 330 W. Church St.

Discriminación en el Empleo
El Condado de Polk prohíbe la discriminación en el empleo por motivos de raza, color, religión, sexo, edad, origen nacional, afiliación o creencia política, estado civil o discapacidad o cualquier otra razón prohibida por la ley.

Ley de Estadounidenses con Discapacidades
El condado también prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad, en cumplimiento de la ADA. La ADA prohíbe la discriminación de las personas con discapacidad en el empleo, el transporte, los alojamientos públicos, las comunicaciones y las actividades gubernamentales. La discriminación por discapacidad se produce cuando un empleador, u otra entidad cubierta por la ADA o la Ley de Rehabilitación, trata desfavorablemente a una persona discapacitada cualificada debido a su discapacidad.

La discriminación por discapacidad también se produce cuando un empresario u otra entidad trata a un solicitante o empleado de forma menos favorable porque tiene antecedentes de discapacidad, o porque se cree que tiene una deficiencia física o mental.

Cómo presentar una queja
Las quejas por discriminación contra el condado deben enviarse, por escrito, al administrador de igualdad de oportunidades o al representante designado dentro de los 30 días calendario posteriores a la supuesta discriminación. Los formularios de admisión se encuentran en la División de Igualdad de Oportunidades en el cuarto piso del Edificio de Administración, 330 W. Church St., Cajón CA05, Bartow, FL 33830. Todas las quejas deben incluir la siguiente información:

  • Nombre de la parte acusadora, lugar de trabajo y número de teléfono
  • El motivo de la supuesta discriminación, que puede incluir raza, color, sexo, edad, religión, origen nacional, estado civil, afiliación o creencias políticas, discapacidad física o cualquier otro motivo prohibido por la ley.
  • Una breve exposición de las acciones y circunstancias que provocaron el acto o actos de discriminación, incluidos la fecha, la hora y el lugar.
  • Nombre, cargo y oficina/división de la(s) persona(s) responsable(s) del presunto acto de discriminación
  • Enumere los testigos o personas que tengan conocimiento de los hechos

Diversidad y educación

Consejo Asesor de Relaciones Comunitarias
El Consejo Asesor de Relaciones Comunitarias (CRAC) es una junta consultiva que ayuda a la Comisión del Condado y a otros organismos a crear programas educativos, proyectos centrados en la eliminación de los prejuicios, la tensión racial, la intolerancia y todas las formas de discriminación.

Demografía de la mano de obra
Para cumplir con las leyes estatales y federales, el condado lleva a cabo un análisis de su fuerza laboral para asegurarse de que cumple con las directrices de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo y de Acción Afirmativa. El objetivo final del análisis de la fuerza laboral es determinar si la fuerza laboral del condado refleja la fuerza laboral del condado de Polk.

Plan de acción para la igualdad de oportunidades

Plan Título VI
El condado de Polk recibe asistencia financiera federal y está obligado a cumplir con varias leyes y reglamentos de no discriminación. Como parte de esos requisitos, el condado cumple con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación contra cualquier persona en los Estados Unidos por motivos de raza, color u origen nacional por parte de cualquier agencia que reciba fondos federales.

La Ley Federal de Carreteras de 1973 también añadió el requisito de no discriminación por razón de sexo. Además, la Ley de Restauración de los Derechos Civiles de 1987 definió la palabra "programa" para dejar claro que la discriminación está prohibida en todo un organismo si alguna de sus partes recibe ayuda financiera federal.

A continuación figuran los componentes descritos en el Plan del Título VI del condado:

I. Requisitos de no discriminación del Título VI y leyes afines

II. Otros requisitos de no discriminación

  • Ayuda para personas con conocimientos limitados de inglés
  • Justicia medioambiental

III. Ley de Estadounidenses con Discapacidades y Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973

IV. Programa de Empresas en Desventaja

Puede consultar el Plan del Título VI aquí

Plan de Igualdad de Oportunidades/Acción Afirmativa
El Condado de Polk es un empleador de igualdad de oportunidades y acción afirmativa y ha establecido este Plan de Igualdad de Oportunidades/Acción Afirmativa como método para documentar y formular el compromiso de la organización con la igualdad de oportunidades de empleo para todas las personas sin distinción de raza, religión, color, edad, sexo, origen nacional, discapacidad o estado civil. El plan mide la eficacia de la organización y es un elemento importante del sistema de gestión del condado. Impide el trato preferente, los sistemas de cuotas o la reducción de las cualificaciones relacionadas con el puesto de trabajo únicamente para aumentar la representación de las minorías o de las mujeres.

Este plan examina la mano de obra actual del condado por categoría laboral de igualdad de oportunidades, analiza la utilización de minorías y mujeres, presenta objetivos razonables para superar cualquier infrautilización y establece objetivos cuantificables para alcanzar dichos objetivos.

Programas y servicios

El Condado de Polk hará esfuerzos razonables para asegurar que sus programas, servicios y actividades sean significativamente accesibles a aquellos que no hablan inglés de manera competente. Estos incluyen:

  • Identificar a empleados del condado que dominen otros idiomas además del inglés para que actúen como traductores siempre que sea necesario.
  • Utilización del traductor de Google en todos los sitios publicados en el sitio web del condado para permitir a las personas traducir la información relativa a programas y servicios al idioma de su elección.

Para determinar si se requiere el uso de un idioma alternativo para un acceso significativo, el condado evaluará el programa, servicio o actividad utilizando los cuatro factores siguientes:

  • El número o proporción de personas con capacidad limitada de inglés que pueden ser atendidas o que es probable que se encuentren en los programas, servicios o actividades del condado.
  • La frecuencia con la que las personas con LEP entran en contacto con estos programas, servicios o actividades.
  • La naturaleza e importancia del programa, servicio o actividad para la vida de las personas.
  • Los recursos de que dispone el condado y los costes

Las personas que necesiten servicios lingüísticos especiales deben ponerse en contacto con la División de Igualdad de Oportunidades del Condado de Polk, Fourth Floor, Polk County Administration Building, 330 W. Church St., Drawer CA05, Bartow, FL 33830 o llamar al (863) 534-5901.

Programa proactivo de contratación y formación en materia de diversidad

Este programa es una respuesta necesaria y estratégica del condado para satisfacer las demandas de la diversa población de Polk y garantizar que su mano de obra refleje esa población.

Oficina de Diversidad de Proveedores

La Oficina de Diversidad de Proveedores supervisa el programa de Empresas de Mujeres y Minorías y garantiza la utilización de proveedores de mujeres y minorías en las oportunidades contractuales del condado. Este programa también actúa como defensor de las agencias del condado y de la comunidad empresarial de mujeres y minorías, y organiza seminarios educativos y de formación para el crecimiento y el desarrollo empresarial.