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Autoridad de Financiación de la Vivienda

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Contacto principal

Franklin "Ed" Shoemaker, Presidente
c/o: Peterson & Myers, PA
Apartado de correos 7608
Teléfono: (863) 294-3360

Domicilio social y agente registrado

David Fisher, Abogado
c/o: Peterson & Myers, PA
PO Cajón 7608
Teléfono: (863) 294-3360

Para más información, llame a Lisa Conran de la Oficina del Fiscal del Condado al (863) 534-6435 o envíe un correo electrónico a LisaConran@polk-county.net.

La Autoridad de Financiación de Viviendas del Condado de Polk fue creada para aliviar y remediar la escasez de viviendas y de capital para invertir en viviendas en Polk. La autoridad es un organismo público corporativo y político independiente autorizado por el Capítulo 159, Parte IV, de los Estatutos de Florida y creado de conformidad con la sección 159.604, de los Estatutos de Florida, por la Junta de Comisionados del Condado de Polk mediante la Ordenanza nº 78.20, adoptada el 21 de noviembre de 1978 y con fecha de entrada en vigor del 1 de diciembre de 1978.

La Autoridad de Finanzas de Vivienda del Condado de Polk ofrece a los compradores de vivienda por primera vez en el Condado de Polk hasta $ 7,500 en el pago inicial y asistencia de costos de cierre en la forma de un diferido, no amortizable, cero por ciento de interés de segunda hipoteca. Este programa es administrado por la Autoridad de Finanzas de Vivienda del Condado de Pinellas. Para saber cómo puede aprovechar esta ayuda para el pago inicial y los costos de cierre, descargue la hoja informativa sobre la primera hipoteca clave para compradores de vivienda por primera vez.

Reuniones

El día, la hora, el lugar y el propósito de cada reunión de la autoridad se anuncian en un periódico de circulación general pagado en el condado de Polk.

Todas las reuniones se celebran en el Polk County Administration Building, Cuarto Piso, Sala 407, 330 W. Church St., Bartow, FL y están abiertas al público.

Fecha de la reuniónTiempo
TBD

Estatutos

TítuloDescripción
Capítulo 159.29 de los Estatutos de FloridaLey de Financiación del Desarrollo Industrial de Florida: Criterios y requisitos
Capítulo 189 de los Estatutos de FloridaPlanificación y Desarrollo: Ley Uniforme de Responsabilidad de Distritos Especiales
Comisión de Ética de FloridaEsta es la página oficial de la Comisión de Ética del Estado de Florida

Consejo de Administración

Consejeros

  • Presidente
    Franklin "Ed" Shoemaker, Presidente, PhD
    Del 1 de diciembre de 2020 al 30 de noviembre de 2020
    c/o: Peterson & Myers, PA
    PO Drawer 7608
    Winter Haven, FL 33883-7608
    (863) 291-3360
  • Vicepresidente
    Guy E. LaLonde
    Del 4 de octubre de 2022 al 22 de enero de 2025
    (nombrado para cubrir la vacante dejada por la dimisión de Cathy Case)
    c/o: Peterson & Myers, PA
    PO Drawer 7608
    Winter Haven, FL 33883-7608
    (863) 291-3360
  • Secretario
    Dr. Robert S. Hinds
    7 de marzo de 2023 - 30 de noviembre de 2023
    (nombrado para cubrir la vacante dejada por la dimisión de Linda M. Schulz)
    c/o Peterson & Myers, P.A.
    P.O. Box 7608
    Winter Haven, FL 33883-7608
    (863) 291-3360
  • Karen B. Guffey
    21 de junio de 2020 - 20 de junio de 2024
    c/o Peterson & Myers, P.A.
    P.O. Box 7608
    Winter Haven, FL 33883-7608
    (863) 291-3360
  • Stephen Kalogridis
    6 de abril de 2023 - 29 de febrero de 2024
    (nombrado para cubrir la vacante dejada por la dimisión de Angela Buchanan)
    c/o Peterson & Myers, P.A.
    P.O. Box 7608
    Winter Haven, FL 33883-7608
    (863) 291-3360

Área de servicio

El área de operación de la autoridad son los límites territoriales del condado de Polk, Florida y cualquier área fuera del condado de Polk si el órgano de gobierno del condado dentro del cual se encuentra dicha área exterior lo aprueba.

La autoridad también está autorizada por ley a participar en acuerdos interlocales según lo dispuesto por la Ley Interlocal de Florida de 1969, Capítulo 163, Parte I, Estatutos de Florida. La autoridad fomenta la inversión de la empresa privada y la estimulación de la construcción y rehabilitación de viviendas mediante financiación pública. La autoridad puede emitir bonos de ingresos, bonos de reembolso y otras obligaciones de deuda, según lo dispuesto en el Capítulo 159, Parte IV, de los Estatutos de Florida.

Impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes

En la actualidad, la autoridad cobra una tasa de solicitud no reembolsable de 1.000 $ a las personas que presentan una solicitud a la autoridad para la financiación de bonos de ingresos exentos de impuestos para proyectos cualificados de viviendas multifamiliares de alquiler que cumplan los objetivos de la autoridad y la legislación federal y estatal aplicable. Esta tasa de solicitud inicial se deduce de la tasa de administración, que se abona en el momento del cierre. El solicitante también es responsable del pago de una tasa inicial de 3.000 $ pagadera en el momento de la inducción a la autoridad en concepto de honorarios y gastos legales, que se abonará contra los honorarios y gastos legales finales.

En la inducción, la autoridad solicitará el pago adicional por adelantado del coste del informe de suscripción del crédito y de los honorarios y gastos de 2.500 dólares del asesor financiero de la autoridad. En el momento del cierre de los bonos, deberá abonarse una comisión administrativa equivalente a 50 céntimos por mil (0,5% del 1%) del importe principal de los bonos. Además, la autoridad cobrará, a mes vencido, una comisión anual de administración de veinticinco puntos básicos (0,25 del 1%) sobre el importe pendiente de los bonos. Una vez recibida la asignación del límite máximo del volumen de bonos de actividad privada, el promotor deberá firmar un acuerdo de compromiso con la autoridad y presentar a ésta una comisión de compromiso equivalente al 1/2% del importe principal total de los bonos que se emitan o proporcionar una carta de crédito irrevocable por dicho importe. Esta tasa se utilizará como crédito contra el coste de emisión y no es una tasa adicional.

Si la venta y el cierre no tienen lugar, se reembolsarán los honorarios menos los gastos de la autoridad y los honorarios y gastos del asesor de bonos, del asesor de la autoridad y del asesor financiero. Los gastos de la autoridad pueden incluir, entre otros, los costes de impresión de los bonos y de la declaración oficial, los gastos de viaje y los honorarios de las agencias de calificación.

La autoridad no impone ni recauda impuestos, tasas, gravámenes o cargas distintos de los establecidos anteriormente. Las tasas se cobran en virtud de los poderes generales otorgados a la autoridad por la Sección 159.608 de los Estatutos de Florida.

Recursos