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Plan global

Según la Sección 163 de los Estatutos de Florida, los gobiernos locales están obligados a crear, adoptar y mantener un Plan Integral que aborde dónde se ubican los usos residenciales y no residenciales en la zona. El Condado de Polk aborda la ubicación de los usos dentro del Condado de Polk no incorporado. Los Estatutos de Florida prevén dos métodos para enmendar el Plan Global - Enmiendas a Pequeña y Gran Escala. Las enmiendas al Plan Global son propuestas por los propietarios, y a veces por los gobiernos locales, para cambiar la designación de las enumeradas en el Plan Global a otra enumerada en el Plan Global. Las enmiendas también pueden incluir enmiendas de texto. Las enmiendas a pequeña escala son para propiedades de 10 acres o menos y las enmiendas a gran escala son para enmiendas de texto y propiedades de más de 10 acres. Cada una requiere una revisión por parte de la Comisión de Planificación y la Junta de Comisionados del Condado. Sólo las enmiendas a Gran Escala son revisadas por agencias estatales y regionales.

Papel de las agencias estatales en la planificación global

La Ley de Gestión del Crecimiento autoriza al Departamento de Oportunidades Económicas, División de Desarrollo Comunitario (DCD), a revisar los planes integrales y las enmiendas a los planes para comprobar su conformidad con la Ley de Gestión del Crecimiento de Florida (Capítulo 163, Parte II, Estatutos de Florida, Ley de Regulación de la Planificación Integral y el Desarrollo del Suelo de los Gobiernos Locales). Otros organismos de revisión, incluidos los consejos regionales de planificación, los distritos de gestión del agua, los Departamentos de Estado, Transporte, Protección del Medio Ambiente y Agricultura, y la Comisión de Conservación de la Pesca y la Vida Silvestre de Florida también revisan los planes integrales y las enmiendas y emiten objeciones recomendadas a la DCD. Los gobiernos locales pueden modificar sus planes integrales dos veces al año.

Dentro de un plazo establecido, el Departamento emite primero un informe de Objeciones, Recomendaciones y Comentarios (ORC) que identifica las áreas del plan propuesto o de la enmienda propuesta que son inconsistentes con las disposiciones del Capítulo 163, Parte II, F.S. El gobierno local puede o no abordar las recomendaciones para revisar el plan propuesto o la enmienda, o elegir adoptar o no adoptar la enmienda. Cuando el gobierno local adopta el plan o la enmienda, se presenta a la DCD para una revisión de cumplimiento. En un plazo de 20 a 45 días a partir de la recepción de la enmienda adoptada, la DCD emite una Notificación de Intención pública para determinar si el plan y/o la enmienda adoptados cumplen o no la Ley. Si la DCD determina que el plan o la enmienda no cumplen la ley, el gobierno local debe tomar medidas correctivas para que el plan o la enmienda cumplan la ley y evitar así una audiencia administrativa. Para ver un diagrama de flujo que explique el proceso de modificación del plan o la última ORC o NOI emitida por el Estado, pulse uno de los enlaces correspondientes a continuación.

¿Tiene alguna pregunta?

Si tiene alguna pregunta sobre el Plan General o cualquiera de las enmiendas propuestas, póngase en contacto con el Planificador de Guardia.